REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO, AGRARIO Y CON JURISDICCIÓN ESPECIAL ACUÁTICA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS

195 Y 146

PARTE DEMANDANTE: MARBELLA ESTHER BURGOS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad Número V- 7.997.742.-

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Dra. ALICIA VARGAS MARCANO, abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 21.462.-

MOTIVO: PARTICIÓN.

EXPEDIENTE Nº 8960.

En fecha trece (13) de octubre de 2004, previa distribución de causas efectuada por el Juzgado Primero de Primera en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en su condición de Distribuidor de los Tribunales de Primera Instancia, se recibió escrito de partición presentado por la ciudadana MARBELLA ESTHER BURGOS DE MARTINEZ.

Ahora bien, el Tribunal observa:

La presente demanda por inquisición de paternidad, fue presentada para su distribución en fecha trece (13) de octubre de 2004.

Siendo que desde la fecha antes señalada han transcurrido más de ocho (8) meses, y la parte actora no ha hecho solicitud alguna que implique impulso procesal, ello según se desprende de las actas procesales que integran el presente expediente, es decir, que se ha dejado inactivo el juicio, por un tiempo que hace presumir que la parte actora no tiene interés procesal, por lo que considera esta sentenciadora la presente causa se encuentra extinguida. Y así se decide.

En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: EXTINGUIDA la presente demanda por partición presentada por la ciudadana MARBELLA ESTHER BURGOS ROMERO.

SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente solicitud a los archivos judiciales. Y así se decide.-

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En Maiquetía, a los diez (10) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005). A los 195 años de la Independencia y a los 146 años de la Federación.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las once de la mañana (ll:OO a.m.).-
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE


EDAA/LPI/ af
Exp. Nº 8960.-