REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (22) de junio del año dos mil cinco (2005).-

195° y 146°

Vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos MUJICA JOAQUIN Y JUANA OROPEZA, presentados por la ciudadana: NICASIO FERMIN RODRIGUEZ MUJICA, quienes manifestaron que los ciudadanos: NICASION FERMIN RODRIGUEZ MUJICA, NICOLAS RODRIGUEZ MUJICA, ALEJANDRO NATALIO RODRIGUEZ MUJICA Y ANTONIO RODRIGUEZ, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de GUADALUPE RODRIGUEZ , este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas al solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 832 /05.-

EL SECRETARIO


LENNYS PINTO IZAGUIRRE