REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN
LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS

194 Y 145

EXPEDIENTE: No 7873.-

MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO.-

PARTE ACTORA: REPRESENTACIONES ROSKEIFREY, C.A., inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha 19 de septiembre del año 2000, bajo el Nro. 08, del tomo 164-A, representada por la ciudadana FRANCIS MORAIMA GONZÁLEZ JAIME, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.8.748.147.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: LUIS HUMBERTO OROZCO VALERO y ALIRIO ANTONIO ARIAS A., abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 25.103 y 77.768 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: ALMACENADOTA TRANSGAR ALMACENES DE DEPOSITO C.A., inscrita ante el Registro Primero, quedando anotada bajo el Nro.42, tomo 69-A, de fecha 01 de septiembre de 1986.

En fecha 31 de agosto de 2001, fue recibida la presente demanda previa su distribución.
En fecha 26 de noviembre de 2001, fue admitida la demanda y se ordenó el emplazamiento de la parte demandada.
En fecha 20 de agosto de 2003, el Tribunal vista la diligencia suscrita por la parte actora, ordenó el emplazamiento de la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil.
En fecha 19 de octubre de 2004, el Secretario del Tribunal dejó constancia de haber fijado el cartel de citación librado a la parte demandada.

Ahora bien, el Tribunal observa:

En fecha 20 de agosto de 2003, el Tribunal vista la diligencia suscrita por la parte actora, ordenó el emplazamiento de la parte demandada de conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, y que en fecha 19 de octubre de 2004, el Secretario del Tribunal dejó constancia de haber fijado el cartel de citación librado a la parte demandada, siendo que desde la fecha en que el Secretario de Tribunal dejó la constancia de la fijación del cartel de citación librado a la parte demandada hasta los corrientes han transcurrido más de ocho (8) meses sin que la parte actora ha ya realizado actuación alguna que implique impulso procesal, considera esta sentenciadora que ha dejado inactivo el juicio por un tiempo prudencial que indica que no tiene interés procesal, ello según se desprende de las actas procesales que integran el presente expediente, considera esta sentenciadora que la presente causa se encuentra extinguida. Y así se decide.

En consecuencia este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:

PRIMERO: EXTINGUIDA el presente juicio por cumplimiento de contrato incoado por el ciudadano: REPRESENTACIONES ROSKEIFREY C.A., contra la empresa TRANSGAR ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO C.A.

SEGUNDO: Se ordena la remisión de la presente solicitud a los archivos judiciales. Y así se decide.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. En Maiquetía, a los veintiocho (28) días del mes de junio del año dos mil cinco (2005). A los 195 años de la Independencia y a los 146 años de la Federación.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE

En la misma fecha se dictó y publicó la anterior decisión siendo las once de la mañana (ll:OO a.m.).-
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE

EDAA/LPI/ af
Exp. Nº 7873.-