REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 01 de Junio de 2005
195° y 146°
Vista la anterior demanda por PARTICIÓN DE COMUNIDAD y sus anexos, presentada por la ciudadana MILAGROS CALDERÓN, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-10.575.173, debidamente asistida en este acto por el abogado en ejercicio ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 46.776, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadano GABRIEL ANTONIO TORRES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.609.067, para que comparezca por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos su citación, a fin de que de contestación a la presente demanda. Compúlsese el libelo de la Demanda y con la orden de comparecencia al pie, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación. Para proveer sobre las Medidas solicitadas, el Tribunal lo hará por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLÓRZANO
YASMILA PAREDES
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 6176. No se compulsó el libelo por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES
MS/YP/yariss
Exp. N° 6176