REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 13 de Junio de 2005
195° y 146°
Vistas las pruebas promovidas por la abogada MIGDALIA BAENA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.580, en su carácter de apoderada de la parte demandada, el Tribunal por cuanto considera que las mismas no son manifiestamente ilegales ni impertinentes las admite salvo su apreciación o no en la definitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 398 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,


DRA. MERCEDES SOLORZANO
LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES

5950
MS/yasmila