REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 29 de junio del año dos mil cinco (2005).

195° y 146°

Visto el anterior escrito de INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, interpuesto por el Dr. JESUS RAMON CARRILLO, abogado en ejercicio, de éste domicilio, inscrito en el Inpreabogado N° 46.735, actuando en su propio nombre contra el ciudadano DIEGO LUIS HENRIQUEZ, el Tribunal por cuanto el mismo no es contrario al orden público, a las buenas costumbres ni alguna disposición expresa de la Ley lo admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo. En consecuencia se Intima al ciudadano DIEGO LUIS HENRIQUEZ, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.090.912, para que comparezcan dentro de los diez (10) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su intimación, a fin de que den contestación a la demanda. Haciéndole saber que en el acto de la contestación a la demanda podrán acogerse al derecho de retasa. Todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 22 de la Ley de Abogados. Líbrese boleta con las inserciones pertinentes y anexa a copia certificada del libelo entréguese al Alguacil del Tribunal para que la practique. En cuanto a la medida solicitada el Tribunal proveerá por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ,

DRA. MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA.

YASMILA PAREDES.

MS./YP./ys.-
EXPEDIENTE Nº 5713.