REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 03 de Junio de 2005.
195° y 146°
Vista la anterior demanda de NULIDAD ABSOLUTA DE DOCUMENTO Y REIVINDICACION y los recaudos consignados, presentados por la ciudadana CARMEN YRENE MENDOZA DE STEGMAR, venezolana, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 7.310.667, debidamente asistida por el abogado LUIS ALBERTO ACUÑA CABRERA, Inpreabogado Nº 23.134, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a la buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo, en consecuencia, se emplaza a los demandados ciudadanos MIGUEL ANGEL TOVAR ACEVEDO Y DEISI JOSEFINA TOVAR ACEVEDO, mayores de edad, de éste domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 6.370.879 y 4.280.648, respectivamente, para que comparezcan por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado la última de las citaciones, a fin de que den contestación a la demanda. Compulsese el libelo de la demanda y con su orden de comparecencia al pie entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique las citaciones. Dichas compulsas se librarán una vez conste autos los fotostatos respectivos. En cuanto a la medida solicitada, el Tribunal proveerá por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ,
DRA MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES
MS/YP/yanira.
Expediente 6167.