REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

En horas de Despacho del día de hoy nueve (09) de Junio de dos mil cinco (2005), siendo las 11:00 a.m., día y hora fijadas por el Tribunal para que tenga lugar el acto conciliatorio entre las partes, establecido en el Artículo 257 del Código de Procedimiento Civil. Se anunció dicho acto como es legal a las puertas del Tribunal por la Alguacil, y al anuncio hecho se hizo presente el Dr. JESUS ENRIQUE REIMI ATENCIO, inscrito en el I.P.S.A, bajo el Nº 37.780, en su carácter de Endosatario en Procuración al Cobro. Asimismo la parte demandada no se hizo presente, ni por sí ni por medio de apoderado alguno, motivo por el cual no se pudo tratar nada acerca de la conciliación de las partes. El Tribunal deja expresa constancia de ello. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,


Dra. MERCEDES SOLORZANO. EL ENDOSATARIO EN PROCURACION AL COBRO



LA SECRETARIA

YASMILA PAREDES.




MS/YP/Malyuri
exp nº5965.