TRIBUNAL SEGUNDO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, Ocho (08) de junio de 2005.
195º y 146º
Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia del Trabajo y Agrario de esta Circunscripción Judicial con motivo de la clasificación de las causas en el estado en que se encuentran y en virtud de la Resolución N° 2004-0008, Literal E, artículo 4° de fecha 18/08/2004 dictada por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia que suprimió los Juzgados de Instancia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira y a su vez creo los Tribunales de Primera Instancia y Superiores para el Régimen Procesal Transitorio de Trabajo del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en consecuencia la Juez Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ANA MORA, se avoca al conocimiento de la presente causa. En este sentido visto y estudiado detenidamente las actas procesales que conforman el presente expediente, observa este Tribunal que el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo en concordancia con lo previsto en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establecen:
Artículo 201 LOPT... “Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, ésta última deberá declarar la perención.
Artículo 267 LOPT... “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes...”
Ahora bien, como quiera que de autos se desprende que en el presente juicio desde 26 de Mayo de 2003, no se ha dado impulso procesal al mismo, y hasta la presente fecha ha transcurrido holgadamente el lapso establecido en los Artículos antes señalados, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara de oficio la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y Y OTROS CONCEPTOS sigue CARDENAS ORTEGA MIGUEL ENRIQUE, contra EMPRESA ULTRASAT PARABOLICAS CARACAS, en la persona de su Presidente Ciudadano PATRICIO LEAL.
Observa este Tribunal que la parte demandante en fecha 26 de Mayo de 2003, presento diligencia donde silicita al tribunal se pronuncie sobre las cuestiones previas interpuestas por la parte demandada, sin embargo, de autos se desprende que en el presente juicio, desde el día 26 de Mayo de 2003 hasta el día 08 de junio del 2005, las partes no habían dado impulso procesal al mismo, transcurriendo holgadamente el lapso establecido en los artículos antes señalados.
REGISTRESE, PUBLIQUESE Y ARCHIVESE
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial del Estado Táchira a los 08 días del mes de junio de 2005.
Dra. Ana Mercedes Mora
La Juez
Abg. Iris Z. Vivas M
Secretaria
NOTA: En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Abg. Iris Z Vivas M.
Secretaria
Exp. 4882-02
AMM/FT
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