Revisado como ha sido el expediente y por cuanto se observa que la solicitante, ciudadana EDITA DEL SOCORRO CONTRERAS, venezolana, mayor de edad, cédula de identidad NºV-12.234.026, dio cumplimiento a lo ordenado por este Despacho con relación a su solicitud de Autorización para Renovar Pasaporte en beneficio de su niña JESSICA KARINA LOPEZ CONTRERAS, de seis (06) años de edad, en consecuencia, esta Jueza Unipersonal Nro. 4 de la SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, A U T O R I Z A Amplia y Suficientemente a la ciudadana: EDITA DEL SOCORRO CONTRERAS, arriba identificada, para que tramite todo lo relacionado a la Renovación del Pasaporte de la niña JESSICA KARINA LOPEZ CONTRERAS, venezolana, de seis (06) años de edad, identificada con Partida de Nacimiento Nº 1203, de conformidad con lo solicitado por su progenitora. y ASI SE DECIDE. Expídanse la autorización correspondiente; hecho lo cual archívese el presente expediente. Hágase como se pide. Cúmplase.


ABG. MARITZA RAMÍREZ RAMÍREZ
JUEZA UNIPERSONAL NRO 04

ABG. WENDY C. GARCÍA VERGARA
SECRETARIA


En la misma fecha se dictó y publicó la anterior, decisión, siendo las 9:30 de la mañana, dejándose copia certificada para el archivo del Tribunal, y se libró la autorización correspondiente.

Interlocutoria Nº 378
Exp Nº 35.089

Carmen.-.