REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
195° y 146°
Vista la diligencia de fecha 15-06-2005, suscrita por la parte demandante, abogada MAGDA ZAMBRANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 35.405, por una parte y por la otra, los ciudadanos OMAR ENRIQUE CONTRERAS y JOSÉ RAMIRO CONTRERAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V- 3.431.130 y V- 9.246.423, respectivamente, parte demandada, asistidos de la abogada MARITZA DEL CARMEN URIBE CARVAJAL, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 67.867, por el cual celebran ACTO DE COMPOSICIÓN VOLUNTARIA respecto al cumplimiento de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 25-07-2001; por cuanto se observa que el mismo no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 525 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. En tal virtud, SE LEVANTAN la medida PREVENTIVA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, decretada en fecha 26 de octubre de 2000 y comunicada en esa misma fecha mediante oficio Nº 791; y la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO decretada en fecha 11-02-2005, practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de esta Circunscripción Judicial, en fecha 14-03-2005, y comunicada por el mismo, mediante oficio Nº 146 de fecha 16-03-2005, sobre un lote de terreno propio con mejoras, ubicado en la Cuesta del Trapiche, Parroquia La Concordia, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: con la carretera, antes camino público; SUR: El Río Torbes; ESTE: con propiedad antes de la ciudadana Ana Francisca Moncada Pérez, ahora de José Gonzalo Moreno Soto, divide pared y canal medianera, y OESTE: con propiedad hoy de María Esther Gómez Ortiz; propiedad del codemandado, ciudadano JOSÉ RAMIRO CONTRERAS, ya identificado, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios San Cristóbal y Torbes del Estado Táchira, en fecha 14-03-1997, bajo el Nº 26, tomo 39, protocolo primero, primer trimestre. En consecuencia, ofíciese a la Oficina Subalterna antes mencionada, a los fines de notificarle sobre el levantamiento de las medidas; asimismo, ofíciese a la Depositaria Judicial La Seguridad C.A., participándole del levantamiento de la misma, dejándose constancia en autos de su entrega; y extinguida la obligación, archívese el expediente, conforme a lo solicitado. Líbrense oficios.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del estado Táchira, en San Cristóbal, a los veintisiete días del mes de junio del año dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
ABG. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal
ABG. FRANK A. VILLAMIZAR RIVERA
Secretario
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.), quedando registrada bajo el Nº 208, y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, se libraron oficios N° 3180- 465 y 3180- 469.
Exp. Nº 1208-2000.
ACAR
Va sin enmienda.
|