REPUBLICA BOLIVARIANA VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO MUNICIPIOS CARDENAS-GUASIMOS Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. TARIBA.-
PARTE DEMANDANTE: ALFONSO MORALES MILADY YOVANA, asistida por abogados: KISME A. CARRERO y GILMER J. AMAYA QUIÑONEZ.
PARTE DEMANDADA: CHACON MARIA ANTONIA.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES (Intimación).
EXPEDIENTE CIVIL N° 2.338-2003.
Admitida en fecha 13 de Octubre de 2003, la presente causa, intentada por el ciudadano: ALFONSO MORALES MILADY YOVANA, asistida por abogados: KISME A. CARRERO y GILMER J. AMAYA QUIÑONEZ, en contra de CHACON MARIA ANTONIA, por COBRO DE BOLIVARES (Intimación), se admitió cuanto ha lugar en derecho y se ordeno la citación de la parte demandada.
Y por cuanto éste Tribunal observa que no se agotaron las diligencias necesarias, para la continuación del proceso, y desde el día: 20 de Octubre de 2.003, no se ha ejecutado ningún otro acto; éste Juzgado de conformidad con lo establecido en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA. Archívese el Expediente y remítase al Archivo Judicial. Así se decide.-
Regístrese y Publíquese y Déjese copia certificada para el archivo del tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de despacho del Juzgado de los Municipios Cárdenas, Guásimos y Andrés Bello, en Táriba, siendo las Doce y Treinta minutos de la tarde, del día VEINTIOCHO DE JUNIO DE DOS MIL CINCO.- Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
JUEZ PROVISORIO: (Fdo). ABG: LUISA MEDINA DE CHACON. (Lugar del Sello). LA SECRETARIA. (Fdo). ABG: MARISOL MALDONADO.- En la misma fecha se cumple con lo ordenado, se publica la anterior Sentencia Interlocutoria, dejándose constancia en el Libro Diario y de Demandas Civiles, y se archiva el expediente constante de -08- folios útiles,y el cuaderno de medidas en -02- folios.-LA SECRETARIA. (Fdo). ABG. MARISOL MALDONADO.”
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