REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNANDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Abejales.
Nro. 648-05-116
CAPITULO I
DE LAS PARTES
DEMANDANTE LUZ YAMILETH CÁCERES ROA, venezolana, mayor de edad, identificada con la cédula de identidad Nro. V- 17.945.011, con el carácter de madre del Niño JAIR LEANDRO CHACÓN CÁCERES.
DOMICILIO Calle 3 entre carreras 3 y 4 frente a la Farmacia el arcángel, Abejales Municipio Libertador del Estado Táchira.
DEMANDADO: JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.575.440, con el carácter de padre del Niño JAIR LEANDRO CHACÓN CÁCERES.
DOMICILIO En la Pedrera vía Guasdualito al lado del Banco en la comercial Deysy, Municipio Libertador del Estado Táchira.
MOTIVO: Fijación de Obligación Alimentaria
Causa Número: 648-05
Fecha de Entrada: 31 de Mayo de 2005
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
Se inicio el presente procedimiento en fecha 30 de Mayo de 2005, mediante acta de solicitud de fijación de pensión de alimentos presentada en este Tribunal por la ciudadana LUZ YAMILETH CÁCERES ROA, titular de la cédula de identidad Nro. V-17.945.011 a favor del NIÑO JAIR LEANDRO CHACÓN CÁCERES, contra el ciudadano JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.575.440, padre del niño.
En fecha 31 de Mayo de 2005, se admitió y se le dio entrada a la solicitud, se ordenó la citación del ciudadano ANTONIO MOLINA MORA, titular de la cédula de identidad Nro. V- 16.575.440, para que comparezca por ante este Tribunal al tercer día de despacho siguiente a aquel en que conste en autos su citación personal a las diez (10:00) de la mañana, a fin de celebrar el acto conciliatorio entre las partes y en caso de no lograrse para que de contestación a la demanda.
En fecha, 31 de Mayo de 2005 se libró telegrama de Notificación al Fiscal Decimoquinto Especializado de Protección Integral del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, participando la admisión de la presente demanda.
En fecha 03 de Junio de 2005, se libró boleta de citación para el ciudadano JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, a fin de celebrar el acto conciliatorio de fijación de pensión alimentaria.
En fecha 09 de Junio de 2005, consignó el Alguacil del Tribunal boleta de citación que fuera practicada al demandado de autos ciudadano JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, en fecha 06 de Junio de 2005.
En fecha 14 de Junio de 2005, se declaro desierto el acto conciliatorio en virtud de que las partes no comparecieron al mismo
En fecha 14 de Junio de 2005, comparece ante este Juzgado el demandado JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, quien expuso: “ Ofrezco como monto de la obligación alimentaria la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,oo) mensuales, el doble de dicha obligación, es decir; la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,oo) para el mes de diciembre de cada año y cubrir el 50% de los gastos médicos y de medicinas; quiero informar a este Tribunal que yo siempre estoy pendiente de mi hijo y por lo tanto en la medida de mis posibilidades lo he ayudado, no puedo comprometerme a darle más porque lo que yo trabajo es con mi papá y yo lo que gano es un porcentaje sobre las ventas”.
En fecha 20 de Junio de 2005, mediante diligencia suscrita y presentada por la demandante de autos LUZ YAMILETH CÁCERES ROA expuso: “acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mi hijo JAIR LEANDRO CHACÓN CÁCERES en todas y cada una de sus partes y solicito se aperture una cuenta de ahorros en Banfoandes a fin de que en la misma me sea depositada la obligación alimentaria”.
CAPITULO III
DE LA HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación entre las partes ciudadano JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.575.440, residenciado en la Pedrera vía Guasdualito al lado del Banco en la comercial Deysy, Municipio Libertador del Estado Táchira, demandado de autos y la ciudadana LUZ YAMILETH CÁCERES ROA, titular de la cédula de identidad Nro. 17.945.011, residenciada en la calle 3 entre carreras 3 y 4 frente a la Farmacia el Arcángel, Abejales, Municipio Libertador del Estado Táchira, no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte HOMOLOGACIÓN a las diligencias de fecha 14 de Junio de 2005 mediante la cual el demandado JAIR ALONSO CHACÓN ORTIZ, ofrece la cantidad de OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 80.000,oo) mensuales y el doble de dicha obligación, es decir; la cantidad de CIENTO SESENTA MIL BOLÍVARES (Bs. 160.000,oo) para el mes de diciembre de cada año y cubrir el 50% de los gastos médicos y de medicinas y; 20 de junio de 2005 mediante la cual la ciudadana LUZ YAMILETH CÁCERES ROA acepta el ofrecimiento hecho por el padre de su hijo JAIR LEANDRO CHACÓN CÁCERES en todas y cada una de sus partes; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente.
Se establece el ajuste proporcional y automático de la Obligación Alimentaria de acuerdo con los índices inflacionarios señalados por el Banco Central de Venezuela.
Se ordena la apertura de una cuenta de ahorros en Banfoandes, a nombre de este Juzgado y como beneficiario el niño hijo JAIR LEANDRO CHACÓN CÁCERES, representado por la madre ciudadana LUZ YAMILETH CÁCERES ROA, identificada con la cédula de identidad Nro.V- 17.945.011, Líbrese el correspondiente oficio a la Directora Administrativa de Banfoandes sucursal Abejales.
Se insta a la parte actora para que comparezca a este Tribunal a aperturar la respectiva cuenta de ahorros.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los veintidós días del mes de Junio de dos mil cinco. Años 195 de la Independencia y 146 de la Federación. Cúmplase.
La Jueza
Abg. Rosalba Ruiz de Guevara
El Secretario
Luis Alfonso Sánchez Pérez
En la misma fecha se público siendo la una (1:00) de la tarde.
El Srio.
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