JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 16 de junio de 2005.
195º y 146º

Vista la diligencia suscrita por los ciudadanos: MARGARITA SÁNCHEZ GARCÍA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V- 11.494.233; y JOSÉ RUEDA ABREO, colombiano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº E-81.830.050; mediante la cual DESISTEN del presente procedimiento, en virtud de que se reconciliaron; por cuanto se observa que dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, le imparte su HOMOLOGACIÓN, dejando a salvo el derecho que tiene la parte solicitante de intentar nuevamente la presente acción, dado el carácter de ORDEN PÚBLICO, IMPRESCRIPTIBLE, INALIENABLE y de CRÉDITO PRIVILEGIADO que tiene el derecho que se reclama (Obligación Alimentaría). Regístrese, publíquese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Asimismo, una vez se agregue a las actas procésales la copia de la libreta de ahorros, correspondiente a la cuenta que se ordenó aperturar con oficio Nº 3140-544, líbrese oficio al Banco de Fomento Regional Los Andes, para que se cancele la misma. Una vez conste en autos la notificación del Fiscal Especializado, archívese el expediente. Líbrese boleta.
La Jueza Temporal,

ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MÁRQUEZ
La Secretaria,
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo las 11:30 a.m., quedó registrado bajo el N° 98, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal, se libró Boleta de Notificación.

MAURIMA MOLINA COLMENARES
Secretaria
Exp. Nº 1207-2005
Mcmc/Va sin enmienda.