JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Independencia, 08 de junio de dos mil cinco.
195º y 146º
Por recibida Acta de Fijación de Pensión de Alimentos procedente de la Dirección de Seguridad y Orden Público. Consultoría Jurídica del Estado Táchira; constante de oficio en un (1) folio útil, y cuatro (4) anexos, contentivo de Acuerdo Conciliatorio realizado ante esa Consultoría Jurídica, en fecha 30 de mayo de 2005, por Obligación Alimentaria realizada a favor del niño HEIDER JOSUE RAMÍREZ ÁLVAREZ, entre los ciudadanos RAMÍREZ SÁNCHEZ JOSÉ MIGUEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-10.192.396, con domicilio en la Comandancia General de la Dirección de Seguridad y Orden Público; y ÁLVAREZ BELTRAN LISNEY MILENA, colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de ciudadanía N° 60.413.060, residenciada en Ranchería, Avenida Principal, Municipios Independencia. En consecuencia: Primero: Prosígase el procedimiento por OBLIGACIÓN ALIMENTARIA ante este despacho, fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y curso de Ley correspondiente. Segundo: Por cuanto el acuerdo allí contenido no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, le imparte su HOMOLOGACION dándole fuerza ejecutiva. Tercero: Notifíquese a las partes del presente auto. Cuarto: Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público con competencia para la Protección del Niño y del Adolescente de esta Circunscripción Judicial. Quinto: Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.. Líbrense boletas. Cúmplase.
LA JUEZA TEMPORAL
ABG. BETTY YAJAIRA VARELA M.
LA-
SECRETARIA
ABG. MAURIMA MOLINA COLMENARES
En esta misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 1224/2005 del libro de demandas, se libro boleta de notificación al Fiscal XV del Ministerio Público; Se publicó siendo las 11:00 a.m., quedó registrada bajo el N° 90 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. Maurima Molina Colmenares/ Secretaria
Exp. 1224/2005.
Lcm.
|