REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, lunes trece de junio de dos mil cinco, siendo las 2:10 p.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CÀRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÀNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÈS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO TÀCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con la abogado en ejercicio HAYDEE ELISA CARRILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 74.638, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante ciudadano JOSÉ JESÚS CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad Nº V-244.639, e indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 15-2, ubicado en la calle 12 con esquina de la carrera 15 donde funciona la Sociedad Mercantil Comercializadora de Cosméticos Los Rosales C.A., de esta ciudad de San Cristóbal Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de SECUESTRO DE INMUEBLE CON APOSTAMIENTO POLICIAL decretada en el JUICIO que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO se sigue contra la Sociedad Mercantil Comercializadora de Cosméticos Los Rosales C.A., representada por el Presidente ciudadano: HEBERT HILDEMARO EDUARDO ROSALES NIETO, en el expediente Nº 4.241-2005 que cursa por el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales OSCAR RIAÑO, placa 2021 y LUIS JOSÉ BELLO RAY, placa 0080, RINZÓN JOSÉ MARTINEZ MORENO, placa 2627 éstos dos últimos pertenecientes a la Brigada de Acciones Especiales (B.A.E.). Se encuentra presente el ciudadano HILDEMARO EDUARDO ROSALES NIETO, titular de la C.I. N° 9.465.305, en su carácter de representante de la Empresa demandada, él Juez lo notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que cuenta con un plazo de (30) minutos para que se comunique con su abogado, a los fines de que ejerza el derecho a la defensa consagrado en el Artículo 49 Ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En este estado el Tribunal designa como Perito avaluador al ciudadano: Jaime Antonio Naranjo, titular de la Cédula de Identidad N° 3.996.039 y como Depositario al ciudadano: José Darío Zambrano, titular de la Cédula de Identidad N° 7.092.473, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el Juramento de Ley ante el Juez. En este estado siendo las 2:45 p.m, se hizo presente en este acto el abogado en ejercicio ANTONIO MÉNDEZ LINARES, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 4.820 a fín de prestar asistencia jurídica al representante de la Sociedad Mercantil demandada. En este estado el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado, a los fines de que rinda su informe, quién expuso: “ El inmueble consta de un local comercial con dos áreas para oficina, un área de depósito, todo dividido con cartón piedra y ventanales de vidrio, construido con techos de platabanda, paredes frisadas, piso de granito, el mismo posee dos baños, puertas de madera y metal, ventanales de metal y vidrio con rejas protectoras, dicho inmueble se encuentra en buen estado de conservación, higiene y habitabilidad, cuenta con todos los servicios públicos existentes, por su ubicación, linderos y medidas lo avalúo prudencialmente en la cantidad de CUARENTA MILLONES DE BOLIVARES (BS.40.000.000,OO), es todo. Seguidamente, el Tribunal procede a declarar SECUESTRADO EL INMUEBLE CON APOSTAMIENTO POLICIAL, el inmueble donde se encuentra constituido este Juzgado Ejecutor, quedando en cumplimiento del apostamiento los dos funcionarios policiales adscritos a la Brigada de Acciones Especiales (B.A.E.) antes identificados; en este estado el Tribunal le hace entrega de inmueble al Depositario Judicial designado, quien deberá supervisar dicho inmueble periódicamente. En este estado el Notificado y representante de la Sociedad Mercantil Comercializadora de Cosméticos Los Rosales C.A., ciudadano: HEBERT HILDEMARO EDUARDO ROSALES NIETO, asistido por el abogado en ejercicio ANTONIO MÉNDEZ LINARES, solicitó el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “ A todo evento y desde ya me Opongo a la práctica de la medida por estar fundamentada en una demanda que ha sido calificada como Resolución de Contrato de Arrendamiento y que aún cuando la causa de dicha resolución no consta en el despacho respectivo presumimos que es por cobro de bolívares ( cánones de arrendamiento insolutos) , razón esta no cierta, tal y como se desmotrará en el curso del proceso, Es todo.” El Tribunal cumplida como se encuentra la presente comisión acuerda remitir la misma al Juzgado Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de esta Circunscripción Judicial, previo registro de salida y la expedición de las copias certificadas de esta comisión para el archivo de este Juzgado Ejecutor de Medidas, a costa de las partes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 3:30 p.m. y regresa a su sede. Termino se leyó y conformes firman. Lo Enmendando: Vale todo.
EL JUEZ TEMPORAL,
ABG. JOSÉ ANTONIO CÁCERES
LA PARTE ACTORA,
ABG. HAYDEE ELISA CARRILLO
LOS FUNCIONARIO POLICIALES,
OSCAR RIAÑO LUIS JOSÉ BELLO
RINZON MARTÍNEZ
EL NOTIFICADO Y REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA,
HILDEMARO E. ROSALES NIETO
ABG. ASISTENTE,
ANTONIO MENDÉZ LINARES
EL PERITO AVALUADOR,
JAIME ANTONIO NARANJO
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
JOSÉ DARIO ZAMBRANO
LA SECRETARIA,
HAYDEÉ SOCORRO MORENO