COMISION 653-2005. PARTES: ABG. JOSE YOVANY SANCHEZ BELLO Y KARINA DEL VALLE PAREDES. MOTIVO: EMBARGO PREVENTIVO. FECHA DE EJECUCION: 29 DE JUNIO DE 2005/03:45 P.M .- En horas de despacho del día de hoy veintinueve (29) de Junio de dos mil cinco, siendo las 3:45 p.m., habilitado como ha sido, mediante auto, todo el tiempo que sea necesario para practicar la medida de Embargo Preventivo para lo cual fue comisionado este Tribunal, se trasladó y constituyó este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Junín, Rafael Urdaneta y Córdoba de la circunscripción judicial del estado Táchira, en un local comercial identificado como Panadería y Pastelería El Angel, ubicado en la avenida 11 con calle 19 identificado con el N°19-41 del Barrio San Martín de esta localidad de Rubio, Municipio Junín del Estado Táchira. Estando en compañía del abogado José Yovany Sánchez Bello, endosatario en procuración de Luis Eduardo Prato Sandoval, parte actora; y de los efectivos policiales Romualdo Mayorga, placa N°1345 y Rafael Antonio Barón, placa N°152, quienes en calidad de custodia acompañan al Tribunal. Se notificó de la misión y objeto del Tribunal a un ciudadano que dijo ser y llamarse Evert Orlando Vivas Hernandez, quien se encontraba atendiendo la panadería donde se encuentra constituido el Tribunal y quien dijo ser menor de edad y no presentó documento de identidad alguno. En este estado y siendo las 4:00 p.m. se hizo presente la ciudadana Karina del Valle Andara Paredes, venezolana, mayor de edad, de estado civil soltera y titular de la cédula de identidad N°V-12.042.411, quien manifestó ser la parte demandada; y a quien se le notificó de la misión y objeto del Tribunal dándole lectura íntegra de la comisión. En este estado se nombra como perito avaluador al ciudadano Rubén Darío Castro, venezolano, mayor de edad, hábil y titular de la cédula de identidad N°V-9.737.012 y como depositaria judicial a Ledy E. Quintero, venezolana, mayor de edad, hábil y titular de la cédula de identidad N°V-3.008.894, delegada de la depositaria judicial La Seguridad; quienes estando presentes aceptaron el cargo, previo juramento de ley y entraron en el ejercicio de sus funciones. En este estado solicita el derecho de palabra la parte actora y concedido como le fue expone: “Señalo para embargar los siguientes bienes: dos (2) exhibidores de pan, un (1) exhibidor tipo calentador de comida, un (1) estante en madera y fórmica color beige, una nevera exhibidor-mostrador de seis (6) puertas, un (1) microondas marca Panasonic y una cafetera marca Gaggia, una (1) máquina registradora, es todo”. Visto lo señalado por la parte actora, se ordena al perito avaluador a que proceda a identificar con marcas, seriales y demás datos identificatorios los bienes señalados y le de el correspondiente justiprecio. El perito avaluador dando cumplimiento a lo ordenado por el Tribunal informa: “Los bienes señalados por la parte actora se identifican de la siguiente manera: 1) Dos (2) exhibidores de pan de tres (3) divisiones, puertas corredizas en vidrio y fórmica, de colores marrón y beige, de medidas aproximadas 2 X 1,50 metros de ancho. En este estado solicita el derecho de palabra la parte actora, siendo las 4:50 p.m y concedido como le fue expone: “Por cuanto la demandada en la presente causa, ciudadana Karina del Valle Andara Paredes, propuso cancelar la cantidad de Dos Millones Setecientos mil bolívares (Bs.2.700.000,oo) para el día 01 de Agosto de 2005, por lo que solicito se suspenda la ejecución de la medida de Embargo, es todo”. Visto lo solicitado por la parte actora, este Tribunal lo acuerda de conformidad. A tal efecto SUSPÉNDASE la ejecución de la medida comisionada de Embargo Preventivo y se ordena que por secretaría se de lectura a la presente acta y de no haber observación alguna se de por terminada y firmada por los presentes. Leída como ha sido la presente acta y no habiendo observación alguna, se da por terminada y se procede a firmar por los presentes. Siendo las 5:00 de la tarde se ordena el regreso del Tribunal a su sede definitiva. (FDO. ILEGIBLE) ABG. JOSE VALENTIN TORRES, JUEZ PROVISORIO. (FDO. ILEGIBLE) ABG. JOSE YOVANY SANCHEZ, PARTE ACTORA. (FDO. ILEGIBLE) KARINA ANDARA, NOTIFICADA Y DEMANDADA. (FDO. ILEGIBLE) ROMUALDO MAYORGA, CUSTODIA POLICIAL. (FDO. ILEGIBLE) RAFAEL BARÓN, CUSTODIA POLICIAL. (FDO. ILEGIBLE) RUBEN CASTRO, PERITO AVALUADOR. (FDO. ILEGIBLE) LEDY QUINTERO, DEPOSITARIA JUDICIAL. (SE RETIRO ANTES DE CULMINAR EL ACTO) EVERT VIVAS, NOTIFICADO. (FDO. ILEGIBLE) ABG. DAYANA RIVAS H., LA SECRETARIA.
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