REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal segundo de Ejecución del Estado Vargas
Macuto, 15 de Junio de 2005
195º y 146º


ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2004-016402
ASUNTO : WP01-P-2004-000649


Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra a la ciudadana TIBISAY PAVON quien es de nacionalidad venezolana, con fecha de nacimiento el 23-09-1.989, de 21 años de edad, hija de DIOSELINA PAVON, de estado civil soltera, profesión u oficio comerciante, con residencia en la entrada de Cohete, parcela los santeros Carayaca, Estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.232.869, contra quien se llevó juicio por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO , previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal .

En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 141 al 143, sentencia dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, de fecha 18 de Abril de 2.005, mediante la cual decretó el SOBRESEIMIENTO de la causa seguida a la ciudadana TIBISAY PAVON, de los cargos formulados originalmente en su contra por la Fiscal Primero del Ministerio Público de este Estado, por la comisión del ilícito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO. Pronunciamiento que declarado definitivamente firme por el citado Tribunal de Instancia, mediante auto de fecha 21-04-05.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, de la mencionada ciudadana y ORDENAR como en efecto se hace, excluirla de los registros de personas solicitadas llevados por la autoridades policiales que por este hecho se hubiere realizado. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA de la ciudadana TIBISAY PAVON, quien es de nacionalidad venezolana, con fecha de nacimiento el 23-09-1.989, de 21 años de edad, de estado civil soltera, profesión u oficio comerciante, con residencia en la entrada de Cohete, parcela los santeros Carayaca, Estado Vargas, titular de la Cédula de Identidad Nº V-12.232.869, en virtud de haberse dictado sentencia de sobreseimiento a su favor, en fecha 18-04-05, de la imputación efectuada en su contra por el Ministerio Público, por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO , previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal .

Regístrese, Diarícese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Consultoría Jurídica de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminológicas ordenando la exclusión de los registros de personas solicitadas, que por este hecho pueda presentar la ciudadana TIBISAY PAVON.
LA JUEZ,

ALVIS YOLANDA COLMENARES DE WILCHES

LA SECRETARIA,


ONEIDA LOPEZ