REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 20 de Junio de 2005
Años 194° y 146°

Vista la diligencia que antecede, inserta al folio 82 del presente expediente, suscrita por la Abogado ADA LEON LANDAETA, Inpreabogado N° 30.169, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, y definitivamente firme como se encuentra la sentencia dictada en fecha 31/05/05, este Tribunal a los fines de determinar el monto que debe cancelar la parte demandada, designa como Experto Contable, al ciudadano CELSO HIDALGO, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Contador Público, para que de conformidad con el Capítulo Tercero de la aludida sentencia, calcule la Indexación del monto condenado, es decir TRES MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.900.000,oo), desde el día 23 de Agosto de 2004, fecha en la cual se admitió la presente demanda y hasta la fecha de hoy, (17/06/05), en la cual se decreta la ejecución voluntaria, conforme al índice de inflación fijado por el Banco Central de Venezuela. A cuyo efecto ordena su notificación para que comparezca por ante éste Tribunal al tercer (3°) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Se advierte que una vez que conste en autos las resultas del informe pericial, se procederá a decretar la ejecución de la sentencia antes mencionada. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.

DRA. FRANZULY YOLE MARIN.
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA ACC.