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 CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL  TRABAJO
 
 Maiquetía, veintidós (22) de junio de dos mil cinco (2005).
 Años y Federación 195º y  146º
 
 Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000061
 PARTE ACTORA: IVAN RODOLFO ESCOBAR OCHOA titular de la cédula de identidad N° 9.997.131
 APODERAD0 JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA  Abogada al servicio de la Procuraduría de trabajadores del Estado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el  número: 81.221
 PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERATIVA MARINGREY X.
 PRESIDENTE DE LA INSTANCIA DE ADMINISTRACIÓN: IGNACIA DEL CARMEN CAÑAS titular de la cédula de identidad N° 3.501.471
 ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: PATIÑO M. WILFREDO J. inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.437.
 MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 En el día hábil de hoy miércoles, veintidós (22) de junio del año dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos: IVAN RODOLFO ESCOBAR OCHOA parte actora, CRISBEL QUIJADA, Apoderada Judicial de la parte actora, IGNACIA DEL CARMEN CAÑAS y el profesional del derecho PATIÑO M. WILFREDO J. todos identificados supra. En este estado la parte demandada acuerda pagarle al demandante por sus servicios la cantidad de  Dos millones doscientos veintiséis mil doscientos cincuenta y dos bolívares exactos (Bs. 2.226.252,oo)  previo a las siguientes consideraciones:
 Cargo: Protocolo y Etiqueta; fecha de ingreso: 10-01-2005; Fecha de egreso. 23-05-2005; Tiempo de servicio cinco (05) meses; Motivo de retiro: Exclusión por Asamblea; Salario actual Bs. 35.700,00. Dicho monto precitado de Bs. 2.226.252,oo corresponden a lo conceptos laborales siguientes: Prestaciones de Antigüedad: Art. 108 LOT 25 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 892.500.oo., Indemnización por despido injustificado art. 125 10 días  x Bs. 35.700,oo = Bs 357.000,oo; Indemnización por Preaviso art. 125 LOT 15 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 535.500,oo: Vacaciones Fraccionadas 7,36 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 2.62.752,oo; Utilidades Fraccionadas 5 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 178.500,oo, cuya sumatoria arrojan un total de Bs. 2.226.252,oo lo cual será pagado por la demandada el día quince (15) de julio del dos mil cinco(2005) por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD). Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  visto como es que la mediación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordenará  el archivo del expediente al momento de efectuarse el pago acordado.
 EL JUEZ,
 
 DR. GUSTAVO ROMERO
 LAS PARTES COMPARECIENTES
 
 
 PARTE ACTORA
 
 
 
 APODERADA JUDICIAL DE
 LA PARTE ACTORA,
 
 
 ABOGADO ASISTENTE  DE LA
 DEMANDADA
 
 PRESIDENTE DE LA
 INSTANCIA DE ADMINISTRACIÓN
 
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. RAFALMY BENITEZ
 EXP. Nº  WP11-S-2005-000061
 “CALIFICACIÓN DE DESPIDO”
 
 
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