CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintidós (22) de junio de dos mil cinco (2005).
Años y Federación 195º y 146º
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000061
PARTE ACTORA: IVAN RODOLFO ESCOBAR OCHOA titular de la cédula de identidad N° 9.997.131
APODERAD0 JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA Abogada al servicio de la Procuraduría de trabajadores del Estado, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número: 81.221
PARTE DEMANDADA: ASOCIACIÓN COOPERATIVA MARINGREY X.
PRESIDENTE DE LA INSTANCIA DE ADMINISTRACIÓN: IGNACIA DEL CARMEN CAÑAS titular de la cédula de identidad N° 3.501.471
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDADA: PATIÑO M. WILFREDO J. inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.437.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
En el día hábil de hoy miércoles, veintidós (22) de junio del año dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que se encuentran presentes los ciudadanos: IVAN RODOLFO ESCOBAR OCHOA parte actora, CRISBEL QUIJADA, Apoderada Judicial de la parte actora, IGNACIA DEL CARMEN CAÑAS y el profesional del derecho PATIÑO M. WILFREDO J. todos identificados supra. En este estado la parte demandada acuerda pagarle al demandante por sus servicios la cantidad de Dos millones doscientos veintiséis mil doscientos cincuenta y dos bolívares exactos (Bs. 2.226.252,oo) previo a las siguientes consideraciones:
Cargo: Protocolo y Etiqueta; fecha de ingreso: 10-01-2005; Fecha de egreso. 23-05-2005; Tiempo de servicio cinco (05) meses; Motivo de retiro: Exclusión por Asamblea; Salario actual Bs. 35.700,00. Dicho monto precitado de Bs. 2.226.252,oo corresponden a lo conceptos laborales siguientes: Prestaciones de Antigüedad: Art. 108 LOT 25 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 892.500.oo., Indemnización por despido injustificado art. 125 10 días x Bs. 35.700,oo = Bs 357.000,oo; Indemnización por Preaviso art. 125 LOT 15 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 535.500,oo: Vacaciones Fraccionadas 7,36 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 2.62.752,oo; Utilidades Fraccionadas 5 días x Bs. 35.700,oo = Bs. 178.500,oo, cuya sumatoria arrojan un total de Bs. 2.226.252,oo lo cual será pagado por la demandada el día quince (15) de julio del dos mil cinco(2005) por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD). Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la mediación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordenará el archivo del expediente al momento de efectuarse el pago acordado.
EL JUEZ,
DR. GUSTAVO ROMERO
LAS PARTES COMPARECIENTES
PARTE ACTORA
APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
ABOGADO ASISTENTE DE LA
DEMANDADA
PRESIDENTE DE LA
INSTANCIA DE ADMINISTRACIÓN
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ
EXP. Nº WP11-S-2005-000061
“CALIFICACIÓN DE DESPIDO”
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