REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, dieciocho (18) de marzo de dos mil cinco (2005)
194° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000047
PARTE ACTORA: MANUEL ANTONIO ALBORNOZ CASTILLO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.380.112.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MARÍA DOS SANTOS DE FREITES, abogada en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 32.994.
PARTE DEMANDADA: COLEGIO JOSÉ ATANACIO GIRARDOT.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: No Constituyó.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS LABORALES”

En el día hábil de hoy, dieciocho (18) de marzo del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00am) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, compareció al acto la profesional del derecho MARÍA DOS SANTOS DE FREITES; Apoderada Judicial de la parte actora, consignando escrito de pruebas constante de dos (02) folios útiles, con dos (02) anexos marcados con los números “1” y “2” referidos a Instrumentos, el primero contentivo de Nombramiento del actor en el cargo de Director, y el segundo a Acta de entrega de todas la pertenencias de la patrona. Seguidamente y siendo las diez y treinta minutos horas de la mañana (10:30 a.m.), el Tribunal dejó expresa constancia que no compareció a dicho acto la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal, presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR LA ACCIÓN INTENTADA condenándose a la parte demandada, al pago de los conceptos laborales y montos que por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Beneficios le corresponden a la parte actora, previa consideración de los datos siguiente: Fecha de Ingreso: 16-10-2000, Fecha de Renuncia: 22-10-2004, Tiempo de Servicio: cuatro (04) años, cero (0) meses y seis (06) días, Salario Básico Mensual: Bs.720.000,00, Salario Básico Diario: Bs. 24.000,00, Salario Integral: Bs. 26.733,33, 1) Vacaciones Fraccionadas: arts. 219 y 223 de la Ley Orgánica del Trabajo, 0,32 días= Bs. 7.600,00; 2) Bono Vacacional Fraccionado: arts. 223 y 225 de la Ley Orgánica del Trabajo, 0,18 días= Bs. 4.400,00; 3) Antigüedad Acumulada: 1° aparte del art. 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, 240,00 días= Bs. 5.053.703,70; 4) Días Adicionales de Antigüedad: art. 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10,00 días= Bs. 252.251,85; 5) Intereses de Prestaciones: Calculados desde el 16-10-00 hasta la fecha de la renuncia (22-10-04) Bs. 1.783.643,43; 6) Utilidades Fraccionadas: Art. 174 de la Ley Orgánica del Trabajo, 24,58 días= Bs. 590.000,00; 7) Vacaciones no disfrutadas Año 2004: 18,00 días= Bs. 432.000,00; 8) Bono Vacacional no Pagado Año 2004: 10,00 días= BS. 240.000,00; SUB-TOTAL PRESTACIONES SOCIALES: Bs. 8.363.598,99; Deducciones por concepto de adelantos efectuados al trabajador= Bs. 900.000,00, Total Adeudado= Bolívares SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CON NOVENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (Bs.7.473.598, 99). De conformidad con lo establecido en los artículos 108, 219, 225 y 174 de la Ley Orgánica del Trabajo. Se ordena la indexación o corrección monetaria por retardo en el pago de las Prestaciones Sociales desde la fecha de la admisión de la demanda sobre las cantidades demandadas y se ordena cancelar los intereses que produzcan estas cantidades desde la fecha del retiro hasta su definitiva cancelación o hasta el momento del pago de las Prestaciones Sociales. Se condena en Costas a la parte Demandada PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
LA JUEZ,


DR. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ



LA PARTE COMPARECIENTE,


APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,





LA SECRETARIA,


ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
EXP. Nº WP11-L-2005-000047
ISY/JVB.