REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, veintiocho (28) de Febrero de dos mil cinco (2005)
Años.194° de la Independencia y 145° de la Federación
ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2004-000094
Vistos los Escritos de Transacción presentados en esta fecha, veintiocho (28) de febrero de 2005, por los ciudadanos: MANUEL CASTRO y DOUGLAS GARATE, venezolanos, mayores de edad, jurídicamente hábiles, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad números: V-15.266.294 y V-6.449.236, respectivamente; en su carácter de Parte Actora en el presente juicio y debidamente asistidos por el profesional del derecho, ROMULO RICARDO SANZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°. 27.781; por una parte; y por la otra, la empresa: TRANSPORTE PADRON, C.A., plenamente identificadas en autos, en su carácter de parte demandada en el presente juicio y debidamente representada por la ciudadana, BEATRIZ PADRON, venezolana, mayor de edad, jurídicamente hábil y titular de la cédula de identidad N°.V-2.900.088; asistida en este acto, por la profesional del derecho ROSA FUENTES, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°.18.329. En los cuales deciden poner fin al presente juicio mediante la celebración de contrato de Transacción. Este Tribunal, vistos los términos en que han sido propuestas las señaladas Transacciones y por cuanto las mismas cumplen con los extremos establecidos en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y con lo dispuesto en los artículos 9 y 10 del Reglamento de dicha Ley. Procede en este acto a impartirles la correspondiente HOMOLOGACION a cada una de dichas Transacciones, las declara definitivamente firmes y con efecto de Cosa Juzgada.-
Regístrese, déjese copia certificada y archívese el expediente.
EL JUEZ
Abg. FELIX JOB HERNANDEZ Q. LA SECRETARIA.
Abg. GIOVANNA LANDER.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA.
Abg. GIOVANNA LANDER.
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