REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía veintinueve (29) de marzo del dos mil cinco (2005).-
194° y 146°
Visto el escrito de Promoción de Pruebas presentado por la ciudadana IDAIS DAMELIS ALBARRACIN MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.892.372, asistida por la profesional del derecho MAGALY BOZZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.23.643, este Tribunal pasa a emitir su correspondiente pronunciamiento acerca de la procedencia o no de las mismas y lo hace bajo los siguientes términos:
I
Promovió la prueba testimonial de las ciudadanas: CRUZ ROMERO DE BLEQUETT, YIXDIA DE LOS SANTOS ALBARRACIN MARQUEZ, DIXI COROMOTO ALBARRACIN MARQUEZ y YDAIZI GREGORIA ALBARRACÍN DE GRIMAN, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad números: V-2.902.904, V-5.572.970, V-14.597.852, y V.-5.092.483 respectivamente, el Tribunal de conformidad con el artículo 482 del Código de Procedimiento Civil admite la prueba testimonial de los ciudadanos antes identificados, salvo su apreciación en el fallo definitivo, a fin que declaren sobre los particulares contenidos en dicho escrito, para la declaración de los testigos antes identificados, se comisiona amplia y suficientemente a un Tribunal de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas que le corresponda por distribución. Líbrese despacho y oficio.
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D’APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
ED´AA/LPI/af
Exp. Nro.8866
1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
AL
JUZGADO DISTRIBUIDOR DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, que le corresponda por distribución.-
194° y 146°
SE HACE SABER
Que con motivo de la prueba testimonial, promovida en la solicitud de interdicción presentada por la ciudadana IDAIS DAMELIS ALBARRACIN MARQUEZ, que se sustancia en el expediente signado con el N°. 8866, este Tribunal por auto dictado en esta misma fecha, lo comisionó amplia y suficientemente, a los fines que sean interrogadas CRUZ ROMERO DE BLEQUETT, YIXDIA DE LOS SANTOS ALBARRACIN MARQUEZ, DIXI COROMOTO ALBARRACIN MARQUEZ y YDAIZI GREGORIA ALBARRACÍN DE GRIMAN, venezolanas, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad números: V-2.902.904, V-5.572.970, V-14.597.852, y V.-5.092.483 respectivamente.
Que la solicitante ciudadana IDAIS DAMELIS ALBARRACIN MARQUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.892.372, se encuentra representada judicialmente por la profesional del derecho MAGALY BOZZO, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 23.643.
Que del lapso de evacuación de pruebas no ha transcurrido ningún día de despacho.
Que una vez cumplida la presente comisión se servirá devolver original con sus resultas a la mayor brevedad posible.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas. Maiquetía veintinueve (29) días del mes de marzo del 2005.
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D'APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
EDAA/LPI/af
Exp.N°.8866
1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía 29 de marzo del 2005
194° y 146°
N°. /2005.-
Ciudadano:
Juez Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas
Su Despacho.
Remito a usted, anexo al presente oficio, comisión que fuere librada en el expediente signado con e N°. 8866, contentivo de la solicitud de interdicción presentada por la ciudadana IDAIS DAMELIS ALBARRACIN MARQUEZ, a fin que el Tribunal a quien corresponda la comisión, se sirva interrogar a los testigos promovidos.
DIOS Y FEDERACION
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D'APOLLO ABRAHAM
EDAA/LIP/af
Anexo lo indicado
1805-2005 BICENTENARIO DEL JURAMENTO DEL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR EN EL MONTE SACRO
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