REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 14 de Marzo de 2005.
194° y 146°
Vista la anterior demanda por REIVINDICACIÓN, su Reforma y anexos, presentada por la ciudadana: THAMAR J. HINOJOSA RAMOS, Venezolana, mayor de edad, de éste domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V-3.400.411, Abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 11.228, en su carácter de Apoderada Judicial del ciudadano: ÁLVARO RUIZ CURCHO, venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V-3.190.036, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, la admite cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadana: ARMINDA LOPES DE FERREIRA, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° E-910.725, para que comparezca por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos su citación, a fin de que de contestación a la presente demanda y su Reforma. Compúlsese el libelo de la Demanda y su Reforma y con la orden de comparecencia al pie, entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 6086. No se compulsó el libelo por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 6086.