REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL,
MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 07 de Marzo de 2005.
194° y 146°
Vista la diligencia que antecede presentada por la ciudadana MIREYA CHOURIO DE GUTIERREZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cedula de Identidad Nº V-3.850.422, en su carácter parte actora debidamente asistida por el Dr. ANTONIO RAUL CONESA NÚÑEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado Nº 95.278, mediante la cual solicita se deje sin efecto el Oficio N° 482/89 dirigido a la Oficina Subalterna de Registro del Municipio Vargas del Estado Vargas, el Tribunal a los fines de proveer al respecto INSTA a la actora a señalar con claridad el objeto de la misma, toda vez que hace referencia al numero de oficio 482/89 de fecha 26/04/89 y de la revisión a las actas que conforman el expediente se evidencia que el mismo se refiere a la remisión del despacho para que el Juzgado Segundo de Parroquia de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas practique Medida Preventiva de Embargo decretada sobre el 50% de los derechos y acciones que posea el demandado LUIS JESÚS GUTIERREZ RIVAS en las firmas Mercantiles DISTRIBUIDORA GRAFICAS LITORAL, EDITORIAL GUTIERREZ CHOURIO y GRAFICAS LITORAL y no como erróneamente afirma la diligenciante que está dirigido a la Oficina Subalterna supra señalada y trata de Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES
MS/YP/Neulys
Exp.13101