SOLICITANTE: CHACON CASTRO MARIA SULEIMA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.755.156, domiciliada en Borota frente al campo deportivo casa No.6-71, carrera 4, Estado Táchira.

ABOGADO ASISTENTE: MENDEZ PEÑUELA DAYHANA KARILIN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.84.035, con domicilio procesal en el Centro Colonial Toto González, Oficina No.9, San Cristóbal Estado Táchira.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA ADQUIRIR INMUEBLE

Con escrito de fecha 14 de diciembre de 2004, la ciudadana MARIA SULEIMA CHACON CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.755.156, domiciliada en Borota frente al campo deportivo casa No.6-71, carrera 4, asistida por la abogada Dayhana Karilin Méndez Peñuela, inscrita en el INPRABOGADO bajo el No. 84.035, introduce solicitud de autorización para que sus hijos ANGELA MARIA Y MIGUEL ANGEL MORA CHACON, de once y diez años de edad, adquieran un inmueble por parte de su padre ciudadano Miguel Angel Mora Contreras, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.No.V-6.688.660, con domicilio en Borota Barrio Monseñor Rafael Eugenio frente al campo deportivo , Estado Táchira. Cumplido lo acordado en el auto de admisión y por cuanto esta juzgadora considera beneficioso para los hermanos Mora Chacón la solicitud formulada por su progenitora, esta Jueza Temporal No.2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a los niños ANGEL MARIA Y MIGUEL ANGEL MORA CHACON, de once y diez años de edad respectivamente, para que representados por su progenitora ciudadana MARIA SULEIMA CHACON CASTRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-12.755.156, adquieran el 50% de los derechos y acciones de propiedad sobre un terreno propio denominado EL PANTANO, ubicado dentro de la zona Urbana de la Población de Borota Parroquia Constitución, Municipio Lobatera del Estado Táchira con una superficie de 166,08 metros cuadrados cuyos linderos y medidas son: PIE: Con predios de Solano Morales y Susana Chacón, mide doce metros (12mts); COSTADO DERECHO: con vía de acceso privada en proyección de seis metros de ancho, mide doce metros (12mts); COSTADO IZQUIERDO: Con terrenos de Carolina Bohada, mide catorce metros (14mts); CABECERA: Con Santiago de Jesús Ramírez Mora, mide trece con ochenta metros (13,80) tal y como consta en documento protocolizado en fecha 22 de febrero de 2002, registrado ante la oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Lobatera del Estado Táchira, bajo el No. 34 folio 114 al 115, tomo No.1, Protocolo Primero correspondiente al primer trimestre del año 2002.
Expídase copia certificada a la parte solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los nueve días del mes de marzo del año dos mil cinco. Años 194 de la Independencia y 145 de la Federación.



GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
JUEZA TEMPORAL No.2 DE LA SALA DE JUICIO


HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ
SECRETARIA


En la misma fecha se publicó la anterior solicitud siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30am) dejándose copia del mismo para el archivo del Tribunal.



La Secretaria,


Exp.32986
GR/HM/maytte