REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
Presentado personalmente por sus firmantes, escrito constante todo de Ocho (08) folios utilizados. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente, de conformidad con lo establecido por los cónyuges, este Juez Unipersonal N° 3 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de a Ley DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS Y DE BIENES por mutuo consentimiento de los cónyuges ciudadanos JORGE ELIECER PÉREZ SANCHEZ Y MARIA PATRICIA BETANCOURT MUÑOZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-6.299.429 y V-10.168.010, en su orden, quienes comparecieron personalmente por ante este Tribunal y en presencia del Juez, estando suficientemente identificados en autos. Los cónyuges se regirán de acuerdo a lo estipulado por ellos en su escrito de Separación de Cuerpos y de Bienes por Mutuo Consentimiento. Expídase por secretaria copia certificada de la solicitud del presente auto. Para el trabajo de fotostático a realizar se autoriza a la oficina de Alguacilazgo del Tribunal. Notifíquese a la Fiscal de Protección del Estado Táchira.- Cúmplase
ABG. ZAIDA MARISOL REYES DUQUE.
JUEZ UNIPERSONAL N° 3 TEMPORAL
LOS SOLICITANTES:
EL CONYUGE______________________
LA CONYUGE______________________
ABOG. ASISTENTES: _____________________
___________________________
ABG. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO TEMPORAL
En la misma fecha se admitió, se inventarió bajo el Nª_____ y se libró la boleta de notificación respectiva.-
EXP. _________Separación de Cuerpos y de Bienes
Mrd.-