REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CÓRDOBA

JUZGADO DEL MUNICIPIO CORDOBA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SANTA ANA, DIECIOCHO (18) DE MARZO DEL DOS MIL CINCO.-

194º Y 145º

Por recibido con oficio N° 20-F13-0154-05-5147, de fecha 22 de febrero del año en curso, procedente de la Fiscalía Décimo Tercera de Protección del Niño y del Adolescente y la Familia de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, donde remiten ACTA DE COMPROMISO de Pensión de alimentos, entre los Ciudadanos ALCIDES BELTRAN BELTRAN y YAINETH CAROLINA MARTINEZ CORDOBA; Désele entrada, inventaríese y el curso de Ley correspondiente; en consecuencia visto el acuerdo al cual llegaron los mencionados ciudadanos, en fecha 21-02-2005, a favor del niño: ANDERSON ALCIDES BELTRAN MARTINEZ, este Tribunal HOMOLOGA dicho acuerdo y se le imparte fuerza ejecutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, acordando: PRIMERO: En fijar la pensión de alimentos en la suma de SESENTA MIL BOLIVARES MENSUALES (BS. 60.000,00) a razón de QUINCE MIL BOLIVARES SEMANALES (BS. 15.000,00), los cuales serán entregados en víveres, verduras y frutas. SEGUNDO: En el mes de agosto el padre le comprara los uniformes con calzado y útiles escolares. TERCERO: En l mes d diciembre el padre le compra le compra la ropa y calzado para sus estrenos igualmente toda la ropa que el niño amerite guante el año. CUARTO: El obligado cubrirá el 50% de los gastos médicos que sea necesario para su hijo. QUINTO: Igualmente que la obligación alimentaría acordada sea aumentado en forma automática y proporcional en un porcentaje equivalente al l5% anual. SEXTO: Notifíquese a las partes del conocimiento de la causa por ante este Despacho.- CUMPLASE.
LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSARIO ELENA DUQUE
LA SECRETARIA,


ABG. CLAUDIA L., SIERRA J.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en auto, y se inventario bajo el N° 391, se libro boletas y oficio bajo el N° 192, dejándose copia para el archivo del Tribunal.

La Secretaria,
Mait.