REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TACHIRA.-

San Cristóbal, 18 de Marzo de 2005
194º y 146º

Visto el escrito, presentado por los ciudadanos ABG. JAIRO ENRIQUE ESCALANTE PERNIA, en su carácter de Fiscal Primero del Ministerio Público y ABG. HENRY ALEXANDER FLORES RONDON, en su carácter de Fiscal Auxiliar Primero del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de QUINTERO MEDINA WILLIAMS ANTONIO, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de BORRERO SANCHEZ FRANCY LISET, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal por auto separado, procede a decidir sobre la petición de sobreseimiento, por cuanto considera que no es necesaria la realización de la audiencia especial, de conformidad con lo establecido en el artículo 323 del Código Orgánico Procesa Penal, en consecuencia, para decidir observa:

En fecha 26 de Mayo de 2000, la ciudadana Borrero Sanchez Francy Liseth, presentó denuncia por ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público, en la cual manifestó que en fecha 24 de Mayo de 2000, siendo aproximadamente las 10 de la mañana, el ciudadano William Antonio Quintero Medina, quien es su concubino desde hace diez años, por ataque de celos la agredió verbal y físicamente, causándole lesiones y hematomas en el rostro, brazos y piernas, en presencia de sus hijos, también ha agredido a sus compañeros de estudio y le manifestó que le iba a desfigurar la cara para después marcharse tranquilo.

En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:

1.- Al folio uno, corre inserta Acta de Denuncia, de fecha 26 de Mayo de 2000, presentada por la ciudadana Borrero Sanchez Francy Liseth, por ante la Fiscalía Superior del Ministerio Público, en la cual manifestó que en fecha 24 de Mayo de 2000, siendo aproximadamente las 10 de la mañana, el ciudadano William Antonio Quintero Medina, quien es su concubino desde hace diez años, por ataque de celos la agredió verbal y físicamente, causándole lesiones y hematomas en el rostro, brazos y piernas, en presencia de sus hijos, también ha agredido a sus compañeros de estudio y le manifestó que le iba a desfigurar la cara para después marcharse tranquilo.

2.- Al folio cinco, corre inserto Informe de Reconocimiento Médico Forense Nº 9700-164-002880, de fecha 26 de Mayo de 2000, practicado a la ciudadana Francy Liserth Borrero Sánchez, en el cual se deja constancia que la misma presentó equimosis en mejilla izquierda y brazo izquierdo, necesitando 2 días de asistencia médica e igual impedimento.

De lo antes expuesto, considera este Juzgador, que de la revisión realizada a las actas que conforman la presente causa, se evidencia la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cuya pena es la de seis a dieciocho meses de prisión, siendo su termino medio el de doce meses de prisión.

Sin embargo, se observa que el hecho que dio origen a la presente averiguación ocurrió en fecha 24 de Mayo de 2000, de lo cual se evidencia que hasta la presente fecha ha transcurrido un tiempo de CUATRO (04) AÑOS, NUEVE (09) MESES y VEINTIUN (21) DIAS, es por lo que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 108 ordinal 5° del Código Penal, la acción penal en la presente causa se encuentra evidentemente prescrita, siendo en consecuencia, procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho y este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, y así lo decide.-

Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO UNO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA ACCION PENAL, por encontrarse evidentemente prescrita, de conformidad con lo establecido en el ordinal 8º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de QUINTERO MEDINA WILLIAMS ANTONIO, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 17 de la Ley Sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en perjuicio de BORRERO SANCHEZ FRANCY LISET, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal.


Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley, remítanse las actuaciones al Archivo Judicial.-



ABG. JOSE ANTONIO MELÉNDEZ ADRIAN
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



ABG. ELIANA FERNÁNDEZ PEÑALOZA
SECRETARIA


En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.

Causa N º 1C-6080-05
Exp Nº F1-1085-00