REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
SEGUNDO DE CONTROL


Macuto, 16 de Marzo de 2005
194° y 144°

ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2005-002166


Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano VITTORIO MOSCATO SAVARINO, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numeral 2° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal. Segundo: Se decreta la aplicación del procedimiento Ordinario, por estar satisfechos los supuestos en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. Tercero: Se declaró improcedente la medida cautelar sustitutiva de libertad solicitada por la defensa.-
Publíquese, regístrese y dialícese el presente auto fundado.

El Juez,

Dr. Máximo Guevara R.
El Secretario,

Abg. Ramón Martínez