REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA
EN FUNCION SEGUNDO DE CONTROL


Maiquetía, 22 de marzo de 2004
193° y 145°

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2004-005345

Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de la ciudadana ANGELICA ALBARADO DE ALVARADO, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 2° y 251, numerales 2° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se declara improcedente la solicitud de imposición de medida cautelar sustitutiva; Segundo: Se decreta la aplicación del procedimiento abreviado, por estar satisfechos los supuestos de los artículos 248 y 373 ibidem.
Publíquese, regístrese y diarícese el presente auto fundado.
El Juez,

Juan Fernando Contreras C.
La Secretaria,

Abg. Leyvis Sujei Azuaje