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 CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
 SEGUNDO DE CONTROL
 
 Tribunal Segundo de Control del Estado Vargas
 Macuto, 3 de Marzo de 2005
 194º y 146º
 ASUNTO PRINCIPAL 	: WP01-P-2005-001068
 
 Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano DAVID ALBERTO PADRON HERNANDEZ, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales  1°  y  2° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal. Asimismo, se declara improcedente la medida cautelar sustitutiva de libertad solicitada por la defensa. Segundo: Se decreta la aplicación del procedimiento abreviado, por estar satisfechos los supuestos de los artículos 248 y 373 ibidem.
 Publíquese, regístrese y dialícese el presente auto fundado.
 
 El Juez,
 
 Dr. Máximo   Guevara R.
 El Secretario,
 
 Abg.   Ramón Martínez
 
 
 
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