REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA


San Cristóbal, 08 de Marzo de 2005
194º y 146º
Causa N° 3C-6092/05

Visto el escrito presentado por El Fiscal Auxiliar Vigésimo Abogado MARYOT EFREN ÑAÑEZ QUINTERO, del Ministerio Público mediante el cual solicita el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de conformidad con lo establecido en los artículos 318 ordinal 2º, del Código Orgánico Procesal Penal.

Este Tribunal para decidir observa:

Se prescinde de la celebración de la audiencia oral establecida en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto este Juzgador considera que no es necesario el debate para comprobar los fundamentos explanados en la solicitud de sobreseimiento.

De la revisión efectuada a todas y cada una de las actuaciones que conforman la presente causa, que al folio uno(01) de las actas procesales corre inserta Denuncia interpuesta ante la Fiscalia Vigésima en Materia de Derechos Fundamentales, por la ciudadana: ANABEL DUQUE, quien entre otras cosas manifestó: “….el día 26-02-2003 yo me encontraba en Barrancas….en la vivienda propiedad de mis menores hijos, la cual le tenía alquilada al ciudadano JOS EPERNIA quien falleció en fecha 15-02-2003…así como también este se encontraba moroso en los pagos del alquiler, ..y por cuanto su concubina de 13 años y su suegra ya habían sacado todos los enseres del mismo,.. en ese momento se presentaron las referidas ciudadanas y me pidieron que les permitiera entrar de nuevo a la vivienda, negándome a lo solictado Acta de Investigación Penal Por Accidente de Transito suscrita por el funcionario CRUZ MONTAÑEZ JOSE GREGORIO, adscrito al Servicio Autónomo de Transporte y Tránsito Terrestre, en la cual dejo constancia de lo siguiente: “…Fui notificado iba telefónica de que en el sitio Autopista San Cristóbal La Fría, a la altura de la entrada de Tucape Palmira, había ocurrido un accidente de transito con saldo de una persona ….”
Ahora bien del resultado de la investigación se evidencia que el hecho que dio origen a la presente averiguación, lo constituye uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS (LESIONES), de lo cual se observa que el hecho imputado al ciudadano JOEL MARTINEZ, no es típico, por cuanto las lesiones sufridas se las ocaciono cuando este perdio el control de la moto que conducìa y se volco fuera de la via; pues por el contrario esto ocurrió debido al impacto de la colisión del vehículo conducido por la propia occisa y fallece debido al SHOCK TRAUMATICO IRREVERSIBLE DEBIDO A LA FRACTURA CONMINUTA DEL CRANEO A CONSECUENCIA DEL TRAUMATISMO CRANEO ENCEFALICO SEVERO RECIBIDO, siendo en consecuencia procedente la solicitud Fiscal por encontrarse ajustada a derecho, por lo que este Tribunal procede a decretar el Sobreseimiento de la Causa, conforme a lo establecido en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, y así se decide.
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a PERSONAS DESCONOCIDAS, por uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS, en perjuicio de la ciudadana: DAISY MARIA MONSALVE KOPP, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7º del Código Penal. Notifíquese de la presente decisión y remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la presente decisión.-


ABG. IKER ZAMBRANO CONTRERAS
JUEZ TERCERO DE CONTROL

LA SECRETARIA

Abg. NELIDA IRIS MORA CUEVAS

IZC/nimc