REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 08 de Marzo de 2005.
194° y 146°

Visto el anterior libelo de demanda, así como la diligencia suscrita por la abogado EVELIZ LIENDO, apoderado judicial de la ADMINISTRADORA DANORAL, C.A., y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadana MARCELINA MARCANO, titular de la cédula de identidad Nro. V-2.088.441, para que comparezca por ante este Tribunal, en el horario comprendido entre las 8:30 a.m. y 2:30 p.m., del segundo (2do.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsese el libelo de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil del Tribunal para que practique la citación de la parte demandada. En cuanto a la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar y medida ejecutiva de embargo solicitadas, el Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ SUPLENTE;

Dra. LIRIO PADILLA F.
LA SECRETARIA,

Abg. HAIDEE DE MEDINA
No se libró la compulsa de citación correspondiente por cuanto no han consignado los fotostatos.
LA SECRETARIA,