JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 02 de marzo de 2005.
194° y 145°

Por cuanto la decisión que declaro la perención de la instancia y como consecuencia la extinción del proceso el seis (6) de diciembre de 2004 se encuentra definitivamente firme este Tribunal suspende la medida preventiva de Prohibición de Enajenar y Gravar decretada sobre el inmueble distinguido con número B-75, situado en la planta siete (7) del Edificio “B” del Desarrollo Urbanístico denominado MARAPA MARINA primera etapa, ubicado entre la Escuela Naval y la Quebrada la Zorra, en el Suroeste de Catia La Mar en Jurisdicción de la Parroquia Catia la Mar, Estado Vargas, con una superficie aproximada de NOVENTA Y CUATRO METROS CUADRADOS (94MT2) a dicho apartamento le corresponde un puesto de estacionamiento distinguido con el número B-75, siendo los linderos los siguientes: NORTE: Fachada norte del Edificio; por el SUR: Pasillo y apartamento B-76; por el ESTE: Fachada este del Edificio y por el OESTE: Apartamento B-74. El inmueble antes descrito es propiedad del ciudadano Arquimides Ramón Rondon, según consta de documento protocolizado en la Oficina de Registro correspondiente, en fecha 07 de febrero de 2003, bajo el Nº 8, Tomo 04, Protocolo Primero. Librese oficio de participación.
LA JUEZ


ELIZABETH BRETO GONZALEZ,



LA SECRETARIA

LEIDIS ROJAS