REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIOCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, (01) de Marzo de 2005
194° y 146°
Vista la diligencia que antecede, suscrita por el ciudadano HECTOR ROMERO SOTO, debidamente asistido por la Abogada MARIA FABIOLA RODRIGUEZ, plenamente identificada a los autos, en la cual solicita la entrega del Cheque de Gerencia identificado con el N° 40987827, librado a favor del actor, ciudadano HECTOR ROMERO SOTO, contra CORP BANCA, Banco Universal, en fecha 27 de Enero de los corrientes, por la cantidad de UN MILLON CIENTO VEINTE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UN BOLIVARES CON VEINTE CENTIMOS (Bs. 1.120.241,20), consignado en autos por el Abogado ANDRES LAREZ RODRIGUEZ, en su carácter de apoderado actor, en fecha 31 de Enero del año en curso, este Tribunal por cuanto observa que el referido cheque tiene una nota de caducidad de veintiún (21) días, en virtud de la cual, para la presente fecha el mismo no podrá hacerse efectivo en las oficinas del Banco emisor, se abstiene de entregar el mismo, y en consecuencia de ello, se insta a la parte demandada a tramitar lo concerniente.-
LA JUEZ,
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.,
ABG. FRANZULY MARIN