REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dos (02) de Marzo de dos mil cinco (2005)
194° y 146°
ASUNTO: WP11-L-2004-000429
Visto que en fecha diez (10) de Enero del año dos mil cinco (2005) este Tribunal ordenó al demandante corregir el libelo de la demanda, en cuanto a: 1) Aclarar el texto en el punto N° 08 de la demanda, “Indemnización por Despido” “Antigüedad”, ya que el mismo es incongruente en cuanto a los conceptos demandados; 2) En los puntos N° 10 y N° 10 de la demanda, “Horas Extraordinarias Diurnas Trabajadas” y “Horas Extraordinarias Nocturnas Trabajadas”, señalar las fechas, días de la semana, horario extra trabajado, tomando en consideración los limites establecidos en la Ley a tales efectos; 3) Asimismo en el punto N° 11 de la demanda “Días de Fiestas Trabajados”, mencionar las fechas, días y horarios trabajados; 4) Confirmar si el trabajador demandante devengó el mismo salario desde su ingreso hasta su egreso; y visto que la parte no cumplió con lo ordenado, este Tribunal declara INADMISIBLE LA DEMANDA, y da por concluido el proceso, por no llenar los requisitos establecidos en el numeral 3° del articulo 123 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Cúmplase.-
LA JUEZ
DRA. REBECA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA
RM/JV/Angel*