REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, cuatro (04) de marzo de dos mil cinco (2005)
194° y 145°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000394
PARTE ACTORA: NELLY JOSEFINA ALMEIDA ROMERO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.564.207.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: FREDERICK JESUS SANCHEZ FERNANDEZ, abogado en ejercicio, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número: 98.571 y titular de la Cédula de Identidad Nº. V-13.044.832.
PARTES DEMANDADAS: INVERSIONES PATRICIA, C.A. Sociedad Mercantil inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, bajo el No. 41, Tomo 18-A-pro., de fecha: 01 de diciembre de 2000. y DISTRIBUIDORA PATRICIA DEL LITORAL, C.A., Sociedad Mercantil Inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, bajo el No. 45, Tomo 49-A-pro., de fecha: 08 de marzo de 1.994.
APODERADOS JUDICIALES DE LAS PARTES DEMANDADAS: RAFAEL BALMORES CHIRINOS BAUTE, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número: 12.416 y BONISF TADEO HERNANDEZ ALFONZO. abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número: 5.859
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy, cuatro (04) de marzo del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00am) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: RAFAEL BALMORES CHIRINOS BAUTE, en su carácter de apoderado judicial de la empresa INVERSIONES PATRICIA, C.A y BONISF TADEO HERNANDEZ ALFONZO, en su carácter de apoderado judicial de las empresa DISTRIBUIDORA PATRICIA DEL LITORAL, C.A. ambas demandadas en el presente proceso; plenamente identificados en autos; el profesional del derecho BONISF TADEO HERNANDEZ ALFONZO consigna en este acto original de Instrumento Poder donde se acredita su representación; contentivo dos (02) folios útiles. Se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ.
LAS PARTES COMPARECIENTES,
APODERADOS JUDICIALES DE
LAS EMPRESAS DEMANDADAS.
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS.
EXP. Nº WP11-L-2004-000394.
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
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