REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. MAIQUETÍA, (12) DE MAYO DE DOS MIL CINCO (2005).-


195° y 146°


Instruida como ha sido la presente solicitud, por cuanto los testigos ciudadanos: ELSA CATALINA LUNA DE SANTIAGO Y BERNARDINA URBINA DE YANEZ, presentados por la ciudadana: YELEIXIS MILAGROS BRITO MARRERO, manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: YELEIXIS MILAGROS BRITO MARERO, MERCEDES VICTORIA BRITO VELASQUEZ, FERNANDO JOSE BRITO MARRERO Y KATIUSKA BRITO BURGO, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de FERNANDO BRITO, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente solicitud a los solicitantes.-
A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal, expídase copia debidamente certificada de la misma autorizándose para la elaboración de los fotostatos a la ciudadana: CARLA RIVAS, asistente adscrita a este Juzgado, quien conjuntamente con el Secretario suscribirá las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto que las acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a los solicitantes. Cúmplase.-
LA JUEZ,

DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO

LENNYS PINTO IZAGUIRRE
LA PERSONA AUTORIZADA

CARLA RIVAS
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 064-05

EL SECRETARIO

LENNYS PINTO IZAGUIRRE








ED’AA/LPI/cr.-
Sol. N° 064-05