REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, dieciséis (16) de mayo del año dos mil cinco (2005).
195 ° y 146°
Vista la anterior demanda por PARTICION DE COMUNIDAD CONYUGAL y los recaudos acompañados, presentado por el ciudadano FELIX RADAMES PEÑA ALFONZO, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 6.294.013, debidamente asistido por la abogado MERRY LADY WARACAO HERNANDEZ, Inpreabogado Nº 63.987, por cuanto la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres y a ninguna disposición expresa en la Ley, el Tribunal la admite, désele entrada y anótese en el libro respectivo. En consecuencia, se emplaza a la demandada ANGELICA MARIA BANDRES HERNÁNDEZ, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 11.680.267, para que comparezca por ante éste Tribunal, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos, de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda. Compulsese el libelo de la demanda y con su orden de comparecencia al pié entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación, una vez conste en autos la consignación de los fotostatos. En cuanto a las medidas solicitadas el Tribunal proveerá por auto y cuaderno separado.
LA JUEZ,

DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA

YASMILA PAREDES
En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el Nº 6146.


MS./YP./yanira.-
EXPEDIENTE Nº 6146.-