REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

En horas de despacho del día de hoy, veinticuatro (24) de Mayo del año dos mil cinco (2005), siendo las 09:00 a.m., día y horas fijados para que tenga lugar el Acto de Declaración de Testigo de la ciudadana MAGDEN COROMOTO, promovida por la parte querellada. Se anunció dicho acto como es legal a las puertas del Tribunal, por la Alguacil, y al anuncio hecho la misma no compareció. Se deja constancia de que se encuentran presente los abogados IRWIN JOSÉ MAURELL GONZÁLEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 12.270.179, e Inpreabogado N° 46.042, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellada y WILMER ALFREDO ARELLANO NUÑEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6.291.918, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 51.112, en su carácter de apoderado judicial de la parte querellante, y al no estar presente la testigo se declara DESIERTO EL ACTO. En este Estado el Apoderado de la parte querellada solicita del Tribunal se fije una nueva oportunidad para la comparecencia de la testigo. Y el Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado, en consecuencia se fijan las 10:00 a.m. del día miércoles veinticinco (25) de Mayo de 2005. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,
EL APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE QUERELLANTE
Dra. MERCEDES SOLORZANO.




El APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE QUERELLADA,

LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.
MS/YP/if.
Exp. Nº 6059.