REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 30 de mayo del dos mil cinco (2005).
195° y 146°
Por cuanto de la revisión de las actas que conforman la presente solicitud, se evidencia que los solicitantes en su escrito manifiestan lo siguiente: “ Sobre unas bienhechurías de mi exclusiva propiedad, ubicadas en el barrio Ezequiel Zamora, calle los Almendrones, Casa Nro. 68, Parroquia Raúl Leoni, Estado Vargas. La Cual nos pertenece por haberla comprado al Sr. TOBIAS EDECIO CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº 961.443, según consta de documento de Compra venta, autenticado por ante la Notaría Pública del Departamento Vargas, la Guaira, anotado bajo el Nº 08, Tomo 11, de fecha 31 de marzo de 1.981”. En consecuencia, éste Tribunal insta a los solicitante a que consignen el documento de compra venta anteriormente mencionado y una vez conste en autos se proveerá lo conducente.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA.
YASMILA PAREDES.
MS/YP/yanira.
Expediente Nº S-321.-