REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES

San Cristóbal, 26 de mayo de 2005

195° y 146°


Visto el recurso de apelación interpuesto por el abogado Pedro Alejandro Vivas Medina, actuando en representación del ciudadano RAMON ENRIQUE LUZARDO SUAREZ, contra la decisión dictada en fecha 20 de diciembre de 2004, por el abogado José Ramón Rodríguez Vega, Juez de Primera Instancia en Funciones de Control N° 6, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual negó la entrega del vehículo Marca Chevrolet, Modelo Corsa, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Uso Paerticular, Serial de Motor 81V383999, Serial de Carrocería 8Z1SC51681V383999, Placas VBA.51G, color Plata, Año 2001. Y, dado que dicho recurso fue interpuesto en el término establecido en el artículo 448 del Código Orgánico Procesal Penal, pues el fallo fue dictado en fecha 21-02-2005 y el escrito de apelación consignado el 26 del mismo mes y año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto el recurso no se encuentra comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 ejusdem, esta Sala lo ADMITE, y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.


Los Jueces de la Corte,


JAIRO OROZCO CORREA
Presidente






JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS GERSON ALEXANDER NIÑO
Ponente Juez






WILLIAM GUERRERO SANTANDER
Secretario
Exp.Nº 1-Aa-2140-2005/Neyda.-