JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, diecisiete de mayo de dos mil cinco.-
195º Y 146º
Recibido por Distribución, constante de un (01) folio útil, el escrito presentado por el ciudadano, JHON ALEXANDER LASPRILLA SARMIENTO, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.990.787, domiciliado en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, acompañado de Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 17 de Enero de 2005, y sus anexos, constante todo de (05) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. En consecuencia este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre UNA MOTO con las siguientes características: CLASE: MOTOCICLETA; TIPO: PASEO; MARCA: YAMAHA; MODELO: 100cc DELUXE; AÑO: 1990; COLOR: ROJO; N° DE PUESTOS: DOS (2); SERIAL DE CARROCERIA: 22A-00973, SERIAL DEL MOTOR: 2A-01419K; USO: PARTICULAR; PLACAS:3237-E. El precio de adquisición del vehículo fue la cantidad de SEISCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 600.000.00) al ciudadano RAFAEL ALBERTO SANCHEZ, según certificado de vehículos, N° 92-0747 expedido por el Ministerio de Transporte y Comunicaciones, de fecha 25 de abril de 1997, que anexa.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-
LA JUEZ

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
LA SECRETARIA,

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ