JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, veinticinco de Mayo de dos mil cinco.-
194º y 146º
Por recibido por distribución constante de un (01) folios útil, con anexos constante de diez (10) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Visto el escrito presentado por la ciudadana MARIA ELSA RODRÍGUEZ DE ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.186.143, domiciliada en la ciudad de San Antonio, Estado Táchira, asistida por la abogada MARIELA PASCUAS GOMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 98607, en el cual exponen, que en fecha 02 de Marzo de 2005, falleció el ciudadano MANUEL ANTONIO ALVAREZ TORRES, quien era colombiano, titular de la cedula de identidad N° E-81.321.384, tal y como consta en el Acta de Defunción N° 00019, de fecha 04 de Marzo de 2005, expedida por el Registrador Civil del Municipio Pedro Maria Ureña del Estado Táchira, acompañado de Justificativo de testigos evacuados por ante el Juzgado Primero de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de fecha 22 de Abril de 2005. Este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle a la ciudadana MARIA ELSA RODRÍGUEZ DE ALVAREZ ya identificada, y a los ciudadanos LUIS ALFREDO ALVAREZ GONZALEZ, LUIS ANTONIO ALVAREZ GONZALEZ, LUIS EDUARDO ALVAREZ GONZALEZ y MARTHA ELIZABETH ALVAREZ GONZALEZ, colombianos, mayores de edad, titulares de las cedulas de ciudadanía Nos. C-88.206.646, C-13.496.250, C-88.206.645 y C-60.358.067, en su orden, en su condición de cónyuge la primera e hijos los últimos, el carácter de UNICOS UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido MANUEL ANTONIO ALVAREZ TORRES.-
De conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ
SECRETARIA
Elena