REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE TRANSICION DE SUSTANCIACION,
MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
AÑOS 194 Y 145
ACTA

ASUNTO Nro 5927-94
PARTE ACTORA: EMILIA ORTIZ HERNANDEZ
APODERADOS JUDICIALES: NORA MARITZA VILLAMIZAR
PARTE DEMANDADA: EMPRESA RENTABLES S.R.L.
APODERADO JUDICIAL: MARIA GRACIA CASANOVA
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, 23 de MAYO de 2005, a las 10:30 de la mañana, se hizo presente en la sede del Tribunal la ciudadana EMILIA ORTIZ HERNANDEZ, identificada con la cédula Nro.E-81.855.400, asistida por la abogada NORA MARITZA VILLAMIZAR, INSCRITA EN EL I.P.S.A, bajo el N° 42.449, como parte actora y por la parte demandada, el ciudadano DAVID ENRIQUE RUBIO BARBOZA, identificado con a cédula N° v 3.621.400, en su carácter de representante de Rentables C.A, asistido por la abogada MARIA GRACIA CASANOVA, inscrita en el I.P.S.A, bajo el N° 67.861, quienes a los fines de hacer uso de los medios alternativos de los medios de conflictos, y dar por terminada la presente causa expusieron: La parte demandada ofrece a la parte actora, la cantidad de DOS MILLONES CIENTO CINCUENTA MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y UN BOLIVARES (Bs. 2.150.651,00), como monto único para cancelar las sumas demandadas y acordadas, incluyendo costas; de la siguiente manera: PRIMERO: 500.000,00, en este acto, SEGUNDO: Bs. 500.000,00 para el 30 de mayo de 2005. TERCERO: La suma de 500.000,00, para el 06 de junio de 2005 y CUARTO: la suma de Bs. 650.651,00, para el 15 de junio de 2005. La parte demandada acepta el ofrecimiento en los términos antes indicados. Seguidamente el Tribunal visto el acuerdo realizado entre las parte lo HOMOLOGA y no ordena el archivo del expediente hasta tanto no conste en autos el último pago ofrecido. Es todo, terminó, se leyó y firman.


Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Juez


Abog. Nory Gotera Bravo.



Parte Actora Parte Demandada,