REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO
San Cristóbal, 24 de Mayo de 2005
195º y 146º
Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento signado con el Nro. 32.745, y vista la opinión favorable de la Fiscal XIII del Ministerio Público (f 103 al 105), es por lo que ésta Jueza Unipersonal Nro. 2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA Amplia y Suficientemente al adolescente: LUIS ADRIAN REYES OCHOA de 14 años de edad, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-19.541.950, para que PROCEDA A VENDER al ciudadano: LUCIANO ZAMBRANO CARDENAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-3.192.847, los derechos y acciones equivalentes a un 16,66% que le corresponden sobre un lote de terreno ubicado en tierras de la comunidad Morales, Municipio San Antonio de Caparo, Distrito Libertador, hoy Municipio Libertador en el Estado Táchira, en el sitio denominado la pedrera, cuyas medidas y linderos son los siguientes: NORTE: En una extensión de ochenta metros (80 mts) con terreno de “AGROPECUARIA DON JORGE S.A.”. SUR: En igual extensión que la anterior con la carretera nacional vía los Llanos; ESTE: En una extensión de cien metros (100 mts) con camellón de: “AGROPECUARIA DON JORGE S.A.” y OESTE: En igual extensión que la anterior con terreno de Teolindo Molina y Ezequiel Torrealba, para una superficie total de: (8.000 mts2), así como las mejoras que se encuentran sobre el mencionado lote de terreno consistentes en una casa para habitación construida con paredes de bloque y concreto frisado, piso de cemento, techo de machimbre y manto asfáltico, ventanas de hierro, puertas de hierro y madera, cinco habitaciones, cocina, comedor, corredores alrededor de la casa, tres baños, tanque de agua aéreo de aproximadamente 15.000 litros, una piscina pequeña de siete por cinco metros, casa pequeña anexa para habitación de obreros, corrales de madera con embarcaderos, cercas de alambre y horcones, árboles frutales, vaquera con comedero y bebedero, corral para gallinas, según documento debidamente protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público de los Municipios Autónomos Libertador y Fernández Feo del Estado Táchira, Abejales, de fecha 19 de Febrero de 1997, bajo el Nro. 134, Protocolo 1º, Primer Trimestre, los cuales le pertenecen al citado adolescente: LUIS ADRIAN REYES OCHOA según certificado de solvencia de sucesiones HP6 Nro. 0082384, expedido por el Departamento de Sucesiones del SENIAT en fecha 17 de Marzo de 1999, y por la suma total de: TREINTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (39.375.000,oo Bs.), correspondiéndole a: LUIS ADRIAN REYES OCHOA la cuota parte que asciende a la cantidad de: SEIS MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (6.562.500,oo Bs.), los cuales serán destinados PARA COMPRAR O ADQUIRIR de los ciudadanos: DIOCELINA HERNANDEZ DE OCHOA, ROSA LINA OCHOA HERNANDEZ, MARIA VICENTA OCHOA HERNANDEZ, ADELMIRA OCHOA HERNANDEZ, CECILIA OCHOA HERNANDEZ Y NICANOR OCHOA HERNANDEZ, todos venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.351.112, V-11.111.773, V-11.111.774, V-11.111.778, V-11.111.821 y V-12.970.276 respectivamente, otro bien inmueble ubicado totalmente dentro de linderos del Parque Nacional el Tamá, específicamente en la zona de uso poblacional autóctono (clase IX), consistente en unas mejoras agrícolas, compuestas de pastos artificiales, cercas de alambre de púas con estantillos de madera, dos (2) casas para habitación de pisos de cemento, paredes de tabla, techos de zinc y tejas con sus respectivas adherencias y pertenencias, levantadas sobre terrenos baldíos, ubicados en la Aldea Vega Grande, El Topacio, Municipio Monseñor Bernabé Vivas, Distrito Córdoba, hoy Municipio Córdoba del Estado Táchira, alinderadas así: NORTE: Parte de un mojón de piedra marcado con el Nro. 1, situado a orillas de un zanjón, sigue zanjón arriba hasta encontrar otra piedra marcada con el Nro. 2, divide con mejoras de Homero Torres; del punto Nro. 2 se parte con el ESTE: En línea recta, hasta encontrar el mojón Nro. 3, separa con mejoras de Santiago Mejías; parte por el SUR: En línea curva hasta encontrar el mojón Nro. 4, cerca de por medio separa con mejoras de Santiago Mejías; del punto 4 sigue hasta hallar mejoras que fueron de Nicolás Meneses donde está el mojón Nro. 5; OESTE: Del mojón Nro. 5 se sigue hasta encontrar el mojón Nro. 1, punto de partida, separa mejoras de Pedro Jaimes, según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público el Municipio Córdoba del Estado Táchira, bajo el Nro. 78, Tomo 2, Protocolo 1º, Cuarto Trimestre, folios 126 al 130 de fecha 28 de Noviembre de 2000, el cual les pertenece según certificado de solvencia de sucesiones H-92 Nro. 5843, expedido por el Departamento de sucesiones del SENIAT en fecha 25 de Febrero de 2003, por la suma de: VEINTICINCO MILLONES DE BOLIVARES (25.000.000,oo Bs.).
Dicho inmueble será adquirido por el adolescente: LUIS ADRIAN REYES OCHOA ya identificado en sociedad con: LUZ HELENA OCHOA DE REYES, ALBINO JOSE REYES DUQUE y JAMY IRENE REYES OCHOA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.111.775 y V-3.619.259 y V-17.877.180 respectivamente; debiendo estar representado dicho adolescente en ambas compra-ventas por su Curador Ad Hoc, ciudadana: ZAIDA MARISOL REYES DUQUE, venezolana, mayor de edad, abogada, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.653.228, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 35.055. Y ASI SE DECIDE. Entréguense a los interesados copia certificada de la presente autorización. Cúmplase.
Abg. Gladys Jazmín Rivas Parada
Jueza Unipersonal Nro. 2
Abg. Alexander Sánchez
El Secretario
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
Exp. Nro. 32.745 Secretario
Jcl.-
Interlocutoria
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