REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
SALA DE JUICIO
195º y 146º

Cumplidas como han sido las exigencias legales en el presente procedimiento signado con el Nro. 34149, es por lo que ésta JUEZ UNIPERSONAL NRO. 2 de la Sala de Juicio del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la niña: STEFANNY GABRIELA PARRA ORTIZ, nacidao el día 16 de Marzo del año 1995, en la Cruz Roja de esta ciudad de San Cristóbal, según Acta de Nacimiento Nro. 781, de fecha 05 de Abril de 1995, expedida por la Prefectura de la Parroquia San Juan Bautista, Estado Tàchira, en el sentido de que al momento de asentar el nacimiento en los libros respectivos de Registro Civil llevados por ante esa Prefectura, por error involuntario se anoto el primer nombre de la niña como “STEFFANY…” Cuando lo correcto es “STEFANNY GABRIELA PARRA ORTIZ”, tal como se evidencia de la Partida de Nacimiento anexa; así como de la copia fotostática certificada de la Partida de Nacimiento, expedida por la Oficina de Registro Civil. En consecuencia procédase a RECTIFICAR el respectivo asiento en el sentido expresado, toda vez que tal error material le ocasiona problemas de identificación y filiación a la citada niña. Y ASI SE DECIDE. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil. Ofíciese lo conducente al Registro Civil del Municipio San Cristóbal, del Estado Táchira y remítase copia certificada de la presente decisión. Entréguese al interesado el mencionado oficio para su gestión personal.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia para el Archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, a los 26 días del mes de Mayo del año 2005.


ABG. GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
Jueza Unipersonal (T) Nro. 2

ABG. ALEXANDER SÁNCHEZ CARVAJAL
El Secretario

En la misma fecha se dicto y publico la anterior sentencia siendo las 10:15 a.m. y se ofició al Registro principal bajo el Nro. JU2________

El Secretario

Exp. Nro. 34149 Rectific. De Partida GJRP/ASC/elizab.-