REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
Gallardìn, Palo Gordo, Estado Táchira; jueves veintiséis (26) de mayo de 2005, siendo el dia y la hora señalada conforme al auto que antecede, se trasladó y constituyó este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Tòrbes, Cárdenas, Guàsimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, junto con el abogado Edinson Vanegas Aguas, titular de la cédula de identidad Nº V-18.181.284 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 35.141, con el carácter de endosatario en procuración, en un inmueble ubicado en Gallardìn, Palo Gordo, a fin de ejecutar la presente medida de embargo ejecutivo decretada por el Juzgado Segundo de primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de esta Circunscripción Judicial, demanda incoada por el abogado Edinson Vanegas, contra el ciudadano Joel Alexis Guillén Marín, expediente 17566, por cobro de bolívares-intimación. Seguidamente el abogado Edinson Vanegas, solicitó el derecho de palabra y concedido que le fue expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda a embargar ejecutivamente un lote de terreno ubicado en la aldea Palo Gordo, Sector Galardìn, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, con un área aproximada de 132,00 mts2; alinderado así: NORTE: Mide 10,00 mts, con calle privada que comunica terrenos que son o fueron de la sociedad Mercantil Inversora Milosca, C.A.; SUR: Mide 10,00 mts con terrenos que son o fueron de la sociedad Mercantil Inversora Milosca, C.A; ESTE: Mide 14,00 mts, con calle privada que lleva a con terrenos que son o fueron de la sociedad Mercantil Inversora Milosca, C.A; y OESTE: Mide 12,40 mts, con terrenos que son o fueron de la sociedad Mercantil Inversora Milosca, C.A. Dicho inmueble pertenece al demandado Joel Alexis Guillén Marín, según documento protocolizado por ante la oficina Subalterna de Registro Inmobiliario de los Municipios Cárdenas, Guàsimos y Andrés Bello, de fecha 09 de febrero de 2004, bajo el Nº 12, Tomo 9, folios 48 al 51, Protocolo Primero, para lo cual solicito se oficie lo conducente. Seguidamente el ciudadano Juez designa como perito al ciudadano José Alexis D’Yongh Sosa, titular de la cédula de identidad Nº V-12.771.418 y como depositaria a la Depositaria Judicial La Seguridad, representada en este acto por el ciudadano José Darío Zambrano, titular de la cédula de identidad Nº V-7.092.473, carácter dado según poder protocolizado por ante la oficina de Registro Inmobiliario de San Cristóbal de fecha 04/03/2005 bajo el Nº 2005-LU-T02-21, quienes aceptan el cargo y prestan el debido juramento de Ley. Seguidamente el perito rinde su informe en la forma siguiente: El inmueble señalado se trata de un lote de terreno plano y firme, enmontado, con dos calles de acceso, con todos los servicios públicos, por lo que por su ubicación, linderos y medidas lo avalúa prudencialmente en la suma de QUINCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 15.000.000,oo). Seguidamente el ciudadano Juez visto lo solicitado por el abogado actor y el justiprecio del perito declara legalmente embargado ejecutivamente el lote de terreno, declara la desposesiòn jurídica del ejecutado y se le hace entrega formal a la Depositaria Judicial quien recibe conforme. Se acuerda oficiar a la oficina de Registro Inmobiliario respectiva y librar cartel de notificación de la ejecución de la presente medida, dejando copia del mismo en la presente comisión. No siendo otro el objeto del Tribunal se da por terminado el acto siendo las 11:50 de la mañana, regresando a la sede del Tribunal. Terminó, se leyó y conformes firman la presente acta constante de tres (03) folios útiles. Enmendado “Milosca”. Vale. DR. FELIX ANTONIO MATOS. Juez temporal (Fdo.). Lugar del Sello. ABG. EDINSON VANEGAS AGUAS. Parte Actora (Fdo.) JOSE ALEXIS D’YONGH S. Perito. (Fdo.) JOSE DARÌO ZAMBRANO. Depositaria Judicial. (Fdo.) CABO II JHON REBOLLEDO. Funcionario DIRSOP (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. Secretaria (Fdo.).
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