REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO


En el día de hoy, lunes nueve de mayo de dos mil cinco, siendo la 10:00 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio HUGO ORLANDO GARMENDIA ARELLANO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.124, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble consistente en un local comercial en planta baja signado con el N° 4-51, ubicado en la calle 9 entre carreras 4 y 5ª Avenida de esta ciudad de San Cristóbal del Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de SECUESTRO DE INMUEBLE decretada en el juicio que por DESALOJO se sigue contra el ciudadano EMILIO TORRES, en el expediente Nº 4938 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña a este Tribunal el funcionario policial ARMANDO MORENO, placa 517. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, la cual consiste en la práctica de la medida de Secuestro decretada sobre el inmueble ubicado en la dirección antes señalada, para lo cual este Tribunal efectúa los toques de ley a las puertas del referido inmueble, sin obtener respuesta de persona alguna, observándose que el mismo se encuentra en estado de abandono y posee varios candados a las puertas que dan acceso a dicho inmueble. En este estado el Tribunal declara legalmente SECUESTRADO el inmueble antes descrito, y conforme a lo ordenado por el Tribunal comitente, se designa como Depositario Judicial del mismo al abogado HUGO ORLANDO GARMENDIA ARELLANO, ya identificado, en su carácter de apoderado judicial de la demandante Sociedad Mercantil CENTRO CIVICO SAN CRISTÓBAL, C.A., quien encontrándose presente acepta tal designación y rinde el juramento de ley por ante la Juez, de inmediato este Tribunal le hace entrega del inmueble secuestrado, quien lo recibe conforme, y procede al cambio de cerraduras del mismo. El Tribunal en virtud de que en el inmueble no existe persona alguna a quien notificar de la presente ejecución ordena librar CARTEL DE NOTIFICACIÓN, fijar el original a las puertas del mismo y agregar una copia al carbón a la presente comisión. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:30 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.


EL APODERADO ACTOR Y DEPOSITARIO JUDICIAL,


ABG. HUGO ORLANDO GARMENDIA ARELLANO

EL FUNCIONARIO POLICIAL,


ARMANDO MORENO

LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO